El pasado 14 de abril de 2007 se publicó la Orden Ministerial EHA/962/2007 que desarrolla la facturación electrónica, con la que se pretende ahorrar, tiempo y costes.
Condiciones básicas para la facturación electrónica:
Por medio electrónico que garanticen la autenticidad del origen y la integridad del contenido ( firma electrónica ) , siempre que el destinatario haya dado su consentimiento, revocable en cualquier momento.
Plazos de conservación son idénticos a los actuales (Ley General Tributaria).
Puede contratarse una tercera empresa para la gestión y conservación de las facturas electrónicas.
Posibilidad de digitalizar las anteriores facturas en papel originales, pudiendo prescindir de éstas.
Carles
Basteiro
A B O G A D O
Telf. 93 3020264
Rda.Universitat 33, 2º 2ª
(Plaça Catalunya)
08007 Barcelona
Colaborador www.fotografia-profesional.net