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No seas uno más, infórmate antes de equivocarte.
Las empresas (tus clientes) bajo el paraguas de "buen cliente ", exigen cesiones de derechos, con riesgos legales, para conseguir imágenes libres de derechos a costa de la necesidad diaria, que todos los fotógrafos tienen para sobrevivir en un mercado libre.
Las fotografías son propiedad del que las crea, el fotógrafo en el momento de su plasmación, al fijar una imagen con la luz como medio.
La imagen fijada (fotografía) y su posterior manipulación (imagen) es el patrimonio de cada fotógrafo, que todos codician sin piedad, sabiendo el valor que puede alcanzar a largo, medio o corto plazo.
El caso que nos ocupa, llega de la mano de COLUMNA BRANDSTRATEGY & COLORS, firmado por su director financiero Jordi Marcó.
Leyendo su exigencia, queda claro que el señor don dinero y sus manipuladores se consideran dominadores de la voluntad de las personas.

Temas a tener en cuenta antes de incluir una cláusula de este tipo en tu factura:
- Cuando aparecen logotipos en la imagen, (de etiquetas, logotipos, textos diseñados, por ejemplo) nunca debes incluir dicha cláusula, sin pensar en posibles reclamaciones de los autores diseñadores, ilustradores creadores de estas obras incluidas en la tuya, de las que seguramente no dispones de los derechos de reproducción por escrito y por tanto no puedes incluirlos en tu cesión, como se pretende en esta clausula por omisión de las responsabilidades respecto a la obra preexistente.
- Cuando aparecen modelos o personas en tu imagen, nunca debes incluir dicha cláusula, sin disponer de la cesión del derecho de imagen, por escrito del modelo y o las personas. Incluirla sin disponer de los derechos, es asumir el coste de reclamación millonaria.
- Si tus fotos son conceptuales, o no contienen trabajos de otros autores y como fotógrafo estás dispuesto a regalar su patrimonio, nadie puede impedírtelo, pero no seas incauto. Ten en cuenta que no podrás hacer nada con dicha imágenes durante cinco años (ni colgarla en tu web personal) mientras COLUMNA BRANDSTRATEGY & COLORS, podrá incluso revenderla a quien quiera, al precio que quiera y cuantas veces quiera. Eso incluye comercializar las imágenes desde un banco de imágenes a 1 euro, despreciando tu valor de fotógrafo, o en el extremo opuesto, venderla por millones de euros, para una campaña mundial sin consultarte.
OTROS TEMAS A TENER EN CUENTA, que esta cláusula y su exigencia no contempla:
Una factura ha de reflejar lo especificado en un presupuesto, no es legal obligar a incluir en factura un nuevo concepto que no aparecía en presupuesto, puesto que se produciría un cambio en las condiciones de contratación, que obligaría a una nueva valoración presupuestaria.
La cláusula, en si misma puede ser de nula validez.
Motivo 1: La ley prevé proporcionalidad en el pago a los autores por el beneficio obtenido de su obra. Un juez posiblemente establecería como cláusula nula a la vista de las utilizaciones realizadas, si se demuestra una desproporción, entre el pago y el uso final que se realizó de la imagen.
Si tu cliente desea un alto nivel de cesión en referencia al ámbito, medios, tiraje y duración, tendrá un nivel de presupuesto adecuado a dicha cesión, para utilizarlas en base a un gran presupuesto que le permita el uso en varios países, múltiples soportes, gran cantidad de reproducciones y mucho tiempo de uso.
Cada cual con sus valores y su patrimonio, pero con conocimiento, sabiendo que la ley protege al autor.
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